Inscripción de inmuebles en el padrón catastral municipal

Incorporación de predios localizados dentro del territorio municipal, al sistema de gestión catastral, independientemente de su régimen jurídico de propiedad.

CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:

Asignar clave al predio para realizar el pago del impuesto predial.

SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:

Se realizara para mantener actualizada la cartografía a nivel predio, digital.

Artículo 171 Fracción I, II y III, 175, 177, 178, 181 fracción  I, II, III, 182, 183 y 184, del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

MANIFESTACIÓN CATASTRAL.

VIGENCIA: Periodo pagado

No se realiza en línea

Personas Físicas

  1. Documento que Acredite la Propiedad,
  2. Identificación del Propietario o Carta Poder,
  3. Croquis de Ubicación del Predio,
  4. Verificación de Linderos o Levantamiento topográfico en su caso,
  5. Solicitud de Servicios Catastrales.

Personas Jurídico Colectivas

  1. Documento que Acredite la Propiedad,
  2. Identificación del Propietario o Carta Poder,
  3. Croquis de Ubicación del Predio,
  4. Verificación de Linderos o Levantamiento topográfico en su caso,
  5. Solicitud de Servicios Catastrales.

Instituciones Públicas

  1. Documento que Acredite la Propiedad,
  2. Identificación del Propietario o Carta Poder,
  3. Croquis de Ubicación del Predio,
  4. Verificación de Linderos o Levantamiento topográfico en su caso,
  5. Solicitud de Servicios Catastrales.

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 15 minutos

TIEMPO DE RESPUESTA: 5 días hábiles

COSTO: No tiene costo.

CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:

La inscripción de un inmueble en el padrón catastral, no genera por sí  misma ningún  derecho de propiedad o posesión  en favor  de la persona  a cuyo nombre aparezca  inscrito.

DEPENDENCIA: Tesorería Municipal

TITULAR DE LA DEPENDENCIA: C.P. Horacio Ríos Sánchez

UNIDAD RESPONSABLE: Subdirección de Catastro.

DOMICILIO: Palacio Municipal, S/N, Colonia Centro, Lerma Estado de México. (Planta baja ventanilla única).

HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS

TELÉFONO: 728 28 2 99 03 Ext. 1197

CORREO: catastro.lerma@gmail.com

¿Quiénes deberán inscribir los inmuebles en el padrón catastral del ayuntamiento?
Los propietarios o poseedores de inmuebles, independientemente del régimen jurídico de propiedad, ubicados en territorio del municipio  incluyendo las Dependencias y Entidades Públicas, están obligados a inscribirlos ante el catastro del Ayuntamiento.

¿Es permanente la inscripción de un inmueble en el padrón catastral?
La clave catastral es única, irrepetible y permanente en toda la entidad y no deberá modificarse, salvo en los casos previstos para la reasignación.

¿Cuánto cuesta la inscripción al padrón catastral?
La inscripción como tal no tiene costo, sin embargo, los servicios adicionales que requiera tendrán que pagarlos.

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Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023

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