Proporcionar información del inmueble registrado en el padrón catastral.
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Aclaraciones administrativas ante instancias y/o dependencias.
SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:
Se verificara la información que se tenga en el sistema catastral.
Artículo 166 Fracción II, 171, Fracción XVIII, 173 Y 183, del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
CONSTANCIA DE INFORMACIÓN CATASTRAL.
VIGENCIA: 1 mes
No se realiza en línea
Personas Físicas
Personas Jurídico Colectivas
Instituciones Públicas
DURACIÓN DEL TRÁMITE: 15 minutos
TIEMPO DE RESPUESTA: 3 días hábiles posteriores a la solicitud.
COSTO: 259.00 (2.5 UMA).
Fundamento Jurídico: Artículo 166 fraccion I del Código Financiero del Estado de México.
FORMA DE PAGO: Efectivo.
DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal
CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:
Solamente se expedirán constancias de información catastral, que obre en los archivos documentales y/o en el padrón catastral.
DEPENDENCIA: Tesorería Municipal
TITULAR DE LA DEPENDENCIA: C.P. Horacio Ríos Sánchez
UNIDAD RESPONSABLE: Subdirección de Catastro.
DOMICILIO: Palacio Municipal, S/N, Colonia Centro, Lerma Estado de México. (Planta baja ventanilla única).
HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS
TELÉFONO: 728 28 2 99 03 Ext. 1197
CORREO: catastro.lerma@gmail.com
¿Para qué sirve la constancia de información catastral?Para la autoridad jurisdiccional que lo requiera.
¿Quién tramita la constancia?Los propietarios o poseedores del inmueble.
¿Otra persona puede tramitar la constancia?Con carta poder y las identificaciones del que otorga, quien acepta y dos testigos.
Ver cedula de información Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023
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