La cartilla de identidad del servicio militar nacional es un documento oficial otorgado por la secretaría de la defensa nacional, la cual contiene datos personales y un número de matrícula que la hace única e irrepetible y el trámite de este documento es una obligación y un derecho como mexicano.
Para que este trámite sea completo, el ciudadano a quien el ejército considera soldado, está obligado a cumplir con su servicio militar nacional, y así obtener la liberación de la cartilla de identidad del servicio militar nacional.
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Para identificarse, para buscar trabajo, para tramite de visa o pasaporte.
Constitución Política de los Estados Mexicanos
Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:
II. Asistir en los días y horas designados por el ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas, y conocedores de la disciplina militar.
III. Alistarse y servir en la guardia nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la patria.
Ley del Servicio Militar
Articulo 11.- Todos los mexicanos de edad militar de acuerdo con el artículo 5o. tienen la obligación de inscribirse en las juntas municipales o en nuestros consulados en el extranjero, en las fechas que designe la secretaría de la defensa nacional.
Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Artículo 1°.- El cumplimiento del servicio militar constituye un timbre de honor para todos los mexicano aptos, quienes están obligados a salvaguardar la soberanía nacional, las instituciones, la patria y sus intereses. tratar de eludirlo por cualquier medio implica una falta de sentido de la responsabilidad que deben tener como mexicanos y un motivo de indignidad ante los más elementales deberes que tienen contraídos con la nación.
Artículo 2°.- En la república es obligatorio y de orden público el servicio militar para todos los mexicanos, quienes lo prestarán en el ejército o en la armada nacional como soldados, clases u oficiales, de acuerdo con capacidades, aptitudes y necesidades del servicio.
VIGENCIA: Indefinido
No se realiza en línea
Personas Físicas
DURACIÓN DEL TRÁMITE: 15 minutos
TIEMPO DE RESPUESTA: 20 días
COSTO: Trámite gratuito
DEPENDENCIA: Secretaría del Ayuntamiento de Lerma
TITULAR DE LA DEPENDENCIA: Lic. Ángel Valdés Ramírez
UNIDAD RESPONSABLE: Secretaría del Ayuntamiento de Lerma
DOMICILIO: Palacio Municipal, S/N, Colonia Centro, Lerma Estado de México.
HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS
TELÉFONO: 728 28 2 99 03 Ext. 1112
CORREO: cartillaslerma@gmail.com
¿Perdí mi cartilla, que necesito para reponerla?Les otorgo el formato con los requisitos que deberán presentar en la zona militar, para obtener una reposición de la cartilla.
¿Soy mayor de 40 años y nunca tramité mi cartilla, que debo hacer?Mediante un formato le explico al ciudadano que por ser mayor de 40 años ya no puede realizar éste trámite, lo que procede es presentarse en la zona militar con los requisitos que solicita la SEDENA y así obtener un oficio que equivale a la cartilla.
¿Quise identificarme en el banco con mi cartilla y no me la aceptaron por que no está resellada, que debo hacer?Las cartillas liberadas deberán contar con dos resellos para que esté completa; cuando el ciudadano cumple 30 años de edad y a los 40 años. este trámite deberá realizar en la 22/a. zona militar. presentando los requisitos que les doy por escrito.
Ver cedula de información Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023
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