Número asignado a una descarga de agua residual en la clasificación mexicana de actividades productivas que nos permite identificar las características de calidad y cantidad de agua generada por un proceso o actividad desarrollada, así mismo prevenir y controlar estas descargas en los sistemas de drenaje y alcantarillado municipal.
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Cuando una empresa sea de nuevo ingreso, cambio de giro, cambio de razón social, cambio de domicilio y cambio de proceso o aumento en su producción.
SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:
Se realiza inspección y/o verificación a las personas jurídico-colectivas de sus descargas de aguas residuales al drenaje municipal con el propósito de verificar la calidad de la mismas, así como la inspección de sus residuos sólidos urbanos para el cumplimiento de la normatividad municipal ambiental vigente.
Art. 115 fracciones I, II, V de la constitución política de los estados unidos mexicanos
Arts. 113,122, 124 Fracción III, constitución política del estado libre y soberano de México
Nom–002-semarnat-1996
Art. 49 ley orgánica municipal del estado de México
Arts. 2.9 fracción VI, 2.155 fracción II, 2,156 – 2.159 del código para la biodiversidad del estado de México
Arts. 61 – 66 – 88 de la ley del agua del estado de México y municipios
Art. 119 bis ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente
Art. 119 ley general de aguas nacionales
Art. 94 del reglamento de la dirección de ecología y desarrollo sustentable
Arts. 1,2,3,6,7,8, 9,10,13,19,25,26,27 del reglamento para la descarga de aguas residuales a la red de drenaje y alcantarillado municipal.
VIGENCIA: 1 año
No se realiza en línea
Personas Jurídico Colectivas
1.- Solicitud en hoja membretada para la obtención del número de registro como empresa generadora de una descarga de agua residual, dirigida al titular de la dirección de ecología y desarrollo sustentable, firmada por el representante legal.
2.- RFC de la empresa
3.- Acta constitutiva.
4.- Poder notarial del representante legal
5.- Identificación del representante legal.
6.- Plano de drenaje de la planta (pluvial, sanitario y de proceso)
7.- Contrato de arrendamiento o documento que acredite la propiedad.
8.- Formato de registro.
9.- Resultado de laboratorio de los muestreos realizados en el año próximo pasado, en caso de laboratorio particular autorizado ante la EMA, conforme lo marca la nom-002-semarnat-1996
10.- Contrato con reciclagua s.a. de C.V. (en caso de contratar sus servicios).
11..- Agendar visita de inspección.
12.- Pago correspondiente.
TIEMPO DE RESPUESTA: 5 días después de la realizar la visita de inspección.
COSTO: $ 4,716.00
Fundamento Jurídico: Art. 94 del reglamento de la dirección de ecología y desarrollo sustentable.
FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito
DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal
CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:
Gestión a través de la ventanilla única de ecología y desarrollo sustentable y correo electrónico
DEPENDENCIA: Dirección de Ecología y Desarrollo Sustentable
TITULAR DE LA DEPENDENCIA: L.A.E. Cesar Ricardo Ortega Ortega
UNIDAD RESPONSABLE: Dirección de Ecología y Desarrollo Sustentable
DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma
HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS
TELÉFONO: 7227063140 Ext. 1113
CORREO: ecologia@lerma.gob.mx
¿Cómo puedo obtener el número de registro de descarga de agua residual?Ingresar en ventanilla siete de la dirección de ecología solicitud con los documentos requeridos.
¿Al momento de ingresar la solicitud se realiza la inspección para obtener el número de registro?No la inspección se realiza de acuerdo al registro estatal de inspecciones (REI) y se hacen de forma aleatoria.
¿Cuál es el costo del tramite?Lo señalado en el artículo 94 del reglamento de la dirección de ecología y desarrollo sustentable.
Ver Cedula de Información Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023
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