DESCRIPCIÓN
La Contraloría interna Municipal velará para que los Servidores Públicos Municipales ejerzan sus funciones de conformidad con los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficacia y eficiencia que deban ser observadas en la prestación del servicio público, independientemente de las obligaciones específicas que correspondan al empleo, cargo o comisión, además de las previstas en materia de responsabilidades de los servidores públicos, y las contenidas en otros ordenamientos legales aplicables.
FUNCIONES
- En todo momento operativos, supervisiones, revisiones, inspecciones, auditorías y demás acciones de control y evaluación de las actividades que correspondan a las Unidades Administrativas del Municipio tendientes a verificar el cumplimiento de los objetivos, normas y disposiciones relacionadas con los sistemas de registro, contabilidad, contratación de servicios, revisión de patrimonio, donaciones, programas de inversión, adquisiciones, obra pública, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes y demás activos asignados al Municipio y dar seguimiento a la atención de las observaciones derivadas de tales acciones.
- Emitir en el ámbito de sus facultades y atribuciones, observaciones y recomendaciones para el mejoramiento de la función de las unidades administrativas del Municipio y, realizar su seguimiento;
- La Contraloría Interna Municipal tendrá entre otras las siguientes atribuciones llevar a cabo la fiscalización de los recursos humanos, materiales, financieros y de información que dispone el Municipio, a efecto de vigilar el cumplimiento de los programas y objetivos establecidos por las Direcciones Subdirecciones, Jefaturas de Departamento y Coordinaciones, en términos de la normatividad aplicable en el ámbito de sus funciones, fiscalizar el adecuado ejercicio del presupuesto del Municipio, atendiendo a los principios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, que establece la normatividad en la materia;
- La Contraloría Interna Municipal deberá vigilar que los recursos se apliquen de acuerdo a normatividad y el cumplimiento de las obligaciones de proveedores y contratistas; propuesta de auditores externos y propuesta de los Comisarios de los Organismos Auxiliares; Revisión de los estados financieros de la tesorería municipal y verificar que se remitan los informes al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México; Participar en la elaboración y actualización del inventario general de los bienes muebles e inmuebles.
- También se coordinará con el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, la Contraloría del Poder Legislativo y con la Secretaría de la Contraloría estatal para el cumplimiento de funciones.
- La Contraloría Interna Municipal deberá establecer los mecanismos de control necesarios, además de aquellos para que las personas tengan fácil acceso para presentar quejas, denuncias y reconocimientos por el actuar de los servidores públicos municipales, con las que se iniciará, en su caso, el procedimiento administrativo correspondientes.
- La Contraloría Interna Municipal deberá integrar la figura de las contralorías sociales atendiendo a la naturaleza y el tipo de recurso para la ejecución de obra pública.