Certificado de no adeudo del impuesto predial

Se le explicará al contribuyente que  hay dos  formas  de  hacer  el  trámite, una  es  si ya trae  la solicitud y todos los  requisitos, éstos serán  revisados  por  el  área  de  Tesorería  (ingresos), si no  hay  inconsistencias se  integrará un  expediente con  la solicitud y los requisitos, el cual se marcará como revisado, por  lo  que  el  contribuyente  pasará directamente a la caja a pagar los derechos de la certificación, en caja le entregarán su recibo de pago y acuse de recibo de la solicitud, con las que deberá recoger su certificación.

Si no trae la solicitud se le dará un formato, se le explicará su llenado y documentación que deberá anexar al mismo, el contribuyente llenará la solicitud, anexando los requisitos para integrar el expediente que será revisado para que posteriormente se haga el pago  de los derechos de certificación.

CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:

Cuando el Contribuyente requiera Certificar que está al corriente en pago, obtener un comprobante o cumplir con un requisito para realizar otros trámites.

Artículo 147 fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios del ejercicio actual.

CERTIFICADO DE NO ADEUDO DEL IMPUESTO PREDIAL.

VIGENCIA: 1 mes (para realizar pago)

Si se realiza en línea

Personas Físicas

  1. Solicitud por escrito
  2. Identificación del titular y de quien recibe el poder (en su caso).
  3. Carta poder si no es el titular
  4. Documento donde acredite la propiedad o posesión
  5. Recibo de pago de predial al corriente
  6. Recibo de pago de Derechos

Personas Jurídico Colectivas

  1. Solicitud por escrito
  2. Identificación del Representante Legal y de quien recibe el poder (en su caso)
  3. Poder Notarial
  4. Documento donde acredite la propiedad o posesión
  5. Recibo de pago predial al corriente
  6. Recibo de pago de Derechos

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 5 minutos

TIEMPO DE RESPUESTA: 2 días contados a partir del siguiente día de         pago.

COSTO: Según Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios del ejercicio actual.

FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito.

DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Cajas de Tesorería Municipal

CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:

No se podrá solicitar certificado de no adeudo predial, si el predio no cuenta con Clave catastral, no está Pagado   o si tiene Status que no permita emitirlo hasta que no se aclare su situación y se le quite ese status.

Si podrá solicitar certificado de no adeudo predial, si el predio cuenta con Clave catastral, está al corriente en   Pago y no tenga Status que lo inhabilite emitirlo hasta que no se aclare su situación y se le quite ese status.

DEPENDENCIA: Tesorería Municipal

TITULAR DE LA DEPENDENCIA: C.P. Horacio Ríos Sánchez

UNIDAD RESPONSABLE: Tesorería Municipal.

DOMICILIO: Palacio Municipal, S/N, Colonia Centro, Lerma Estado de México.

HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS

TELÉFONO: 728 28 2 99 03 Ext. 1193 y 1194

CORREO: factlerma@gmail.com

¿A donde debo acudir para solicitar el Certificado de No Adeudo Predial?
A la Ventanilla 4 de la Tesorería Municipal de Lerma.

¿Cuáles son los Principales Requisitos para solicitar el Certificado de No Adeudo Predial?
Que la Clave Catastral Este al Corriente en pago, que se solicite por escrito, que lo solicite el titular o alguna  otra persona con poder y copia INE.

¿Cómo puedo solicitar un Certificado de No Adeudo de Predial, sin acudir personalmente a la oficina de la Tesorería a solicitarlo?
Que lo solicite el titular por escrito que contenga la Clave catastral, nombre del titular, ubicación del predio y   ahí mismo autorice a otra persona hacer el trámite y el recibir certificado.

Ver cedula de información
Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023

Anuncio de privacidad   Derechos reservados ©2022