Formalizar y regularizar la entrega recepción de las obras de infraestructura hidráulica primaria de los fraccionamientos establecidos dentro del Municipio

Formalizar y regularizar la entrega recepción de las obras de infraestructura hidráulica primaria de los fraccionamientos establecidos dentro del Municipio

CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:

Por única vez cuando se entrega el desarrollo.

SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:

Si, a fin de verificar que el servicio de agua y drenaje esté debidamente establecidos.

Código Administrativo del Estado de México, Artículo 5.5, 5.9 Fracción IV, V y XIX, Fracción I, 5.44, Fracción Il y III, e.45

Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México Artículo 121 y 122 y el Art. 64 dela Ley de Obras Publicas y Servicios relacionados con las mismas

Acta de entrega- recepción

VIGENCIA: Permanente.

No se realiza en línea

Personas Físicas

  1. Acta Constitutiva de la Empresa.
  2. Identificación oficial del representante legal (INE, Cédula profesional, cartilla militar)
  3. Título de propiedad del periodo en cuestión.
  4. Póliza de fianza de la garantía establecida en los artículos 5-38 fracción X inciso H del Código Administrativo del Estado de México. 

TIEMPO DE RESPUESTA: 8 a 10 días hábiles.

COSTO: Sin costo.

CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE: Una vez que sean verificados lo trabajos por el organismo y estos se encuentren de manera satisfactoria, funcional al 100% sedara inicio con la tramitación de recepción física mediante el levantamiento del acta correspondiente

DEPENDENCIA: Organismo Público Descentralizado para la prestación de los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Lerma.

TITULAR DE LA DEPENDENCIA: M. R. I. Nayith Arian Armenta Ruiz

UNIDAD RESPONSABLE: Dirección Jurídica.

DOMICILIO: Av. Hidalgo Ote. No. 26, Colonia Centro, Lerma, Estado de México.

HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS

TELÉFONO: 7227198775, 7286908477

CORREO: dirección.juridica@opdapaslerma.gob.mx

¿Las obras son para la comunidad?
Si, para beneficio de la comunidad.

¿Derivado de estas obras se deberá de pagar el servicio?
Si.

¿Una vez entregada la obra, los beneficiaros podrán acudir a hacer su tramité de servicios?
Si.

Ultima Actualización: 21 de Marzo de 2025