Consta que la obra autorizada en la licencia de construcción se encuentra concluida cumpliendo con todas las restricciones señaladas en la licencia respectiva en base a las normas y reglamentos con los que fue aprobada.
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Después de terminar la construcción de un edificio.
Código financiero del estado de México: art. 143 y 145
Código de procedimientos administrativos: art. 135
Reglamento de construcción e imagen urbana: art. 14, 15 y 16
CONSTANCIA DE TERMINACIÓN DE OBRA.
VIGENCIA: 1 Año Fiscal
No se realiza en línea
Personas Físicas
Personas Jurídico Colectivas
Instituciones Públicas
DURACIÓN DEL TRÁMITE: 20 minutos
TIEMPO DE RESPUESTA: 7 días hábiles
COSTO: Se calcula de acuerdo al numero de salarios mínimos generales del área geográfica correspondiente, fracción X del articulo 144 del código financiero del estado de México y municipios.
FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito
DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal
DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Urbano
TITULAR DE LA DEPENDENCIA: Arq. Teódulo Juan Arias Ortega
UNIDAD RESPONSABLE: Departamento de Licencias de Construcción.
DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma
HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS
TELÉFONO: 7227063141
CORREO: desarrollo.urbano@lerma.gob.mx
¿Cuáles son los requisitos para tramite de construcción?Se le entrega un formato con los requisitos.
¿Cuánto tiempo tarda el trámite para obra?Depende del tiempo de entrega de requisitos por parte del usuario.
¿Cuánto cuesta el trámite?Se le otorga una tabla de precios al ciudadano que realiza el trámite.
Ultima Actualización: 01 de Junio de 2022
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