Este procedimiento consiste en obtener la licencia para demoler total o parcialmente una construcción realizando el pago de derechos correspondiente de acuerdo al código financiero del estado de México.
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Cuando se va a alinear un predio y numerar
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 26, 27 y 115
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, Artículos 77 y 139
Código Financiero del Estado de México, Artículos 107, 143, 144, 145 у 175
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Articulo 135
Código Administrativo del Estado de México, Artículos 18.20-18.28
Bando Municipal de Lerma, Articulos 141, 142 y 143
Ley Orgánica Municipal del Estado de México, Artículos 11, 12, 114 y 117
Reglamento Interno de la Dirección de Desarrollo Urbano.
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Constancia de Alineamiento y Número Oficial
VIGENCIA: 1 Año
No se realiza en línea
Personas Físicas
1.- Solicitud firmada por el propietario.
2.- Documento que acredite la propiedad o posesión del predio
3.- Ultimo pago predial o certificado de no adeudo (en su caso)
4.- Factibilidad de servicios (recibo de agua) expedida por la autoridad competente en su caso
5.- Croquis específico de la construcción (menos de 60 metros cuadrados)
6.- Memoria de cálculo y registro del perito
7.- Identificación oficial
8.- Carta poder (en su caso)
Personas Jurídico Colectivas
1.- Solicitud firmada por el propietario.
2.- Documento que acredite la propiedad o posesión del predio
3.- Ultimo pago predial o certificado de no adeudo (en su caso)
4.- Factibilidad de servicios (recibo de agua) expedida por la autoridad competente en su caso
5.- Croquis específico de la construcción (menos de 60 metros cuadrados)
6.- Memoria de cálculo y registro del perito
7.- Identificación oficial
8.- Acta constitutiva de la sociedad
9.- Poder notarial del representante legal
Instituciones Públicas
1.- Solicitud firmada por el propietario.
2.- Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.
3.- Dos juegos de planos arquitectónicos (planta, cortes, fachada y de instalaciones), firmados por el perito responsable de la obra.
4.- Memoria de cálculo y registro del perito.
TIEMPO DE RESPUESTA: 15 días hábiles
COSTO: Se calcula con base al número de veces el valor diario de la unidad de medida y actualización vigente, Fundamento Jurídico Artículo 144, Párrafo Primero del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito
DÓNDE PODRÁ PAGARSE: En las cajas de Tesorería Municipal
DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Urbano
TITULAR DE LA DEPENDENCIA: Lic. en D. Jessica Palafox Gutiérrez
UNIDAD RESPONSABLE: Dirección de Desarrollo Urbano
DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma
HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS
TELÉFONO: 7227063137
CORREO: desarrollo.urbano@lerma.gob.mx
¿Cuáles son los requisitos para tramite de construcción?
Se le requiere al peticionario acudir a la oficina de la Dirección de Desarrollo Urbano a solicitar un formato con los requisitos para el tramite
¿Cuánto tiempo tarda el trámite para obra?
Depende del tiempo de entrega de requisitos por parte del usuario.
¿Cuánto cuesta el trámite?
El costo se determina con base a lo dispuesto por el artículo 143 y 144 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
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Ultima Actualización: 31 de Marzo de 2023