Este procedimiento consiste en la obtención de la licencia para construir una barda, generalmente perimetral sobre un terreno propiedad de una persona moral o física, realizándose los derechos correspondientes de acuerdo al código financiero del estado de México.
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Cuando se construya una barda.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: art. 26, 27 y 115.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México: art. 77 y 139.
Código Financiero del Estado de México: art. 107, 143, 144, 145 y 175.
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México: art. 135.
Código Administrativo del Estado de México: art. 18.20-18.28.
Bando Municipal de Lerma: art. 140, 141 y 142.
Ley Orgánica Municipal del Estado de México: art. 11, 12, 114 y 117.
Reglamento Interno de la Dirección de Desarrollo Urbano.
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN – MODALIDAD LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE BARDA
VIGENCIA: 1 Año Fiscal
No se realiza en línea
Personas Físicas
1.- Solicitud firmada por el propietario.
2.- Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.
3.- Último pago predial o certificado de no adeudo (en su caso).
4.- Factibilidad de servicios (recibo de agua), expedida por la autoridad competente en su caso.
5.- Croquis específico de la construcción (menos de 60 metros cuadrados).
6.- Reporte del delegado municipal, jefe de colonia de no afectación a la vía publica y colindantes.
7.- Constancia de alineamiento
8.- Identificación oficial
9.- Carta poder (en su caso)
Personas Jurídico Colectivas
9.- Acta constitutiva de la sociedad
10.- Poder notarial de representante legal
Instituciones Públicas
I. Solicitud firmada por el propietario.
II. Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.
III. Dos juegos de planos arquitectónicos (planta, cortes, fachada y de instalaciones), firmados por el perito responsable de la obra.
IV. Memoria de cálculo y registro del perito.
DURACIÓN DEL TRÁMITE: 15 minutos
TIEMPO DE RESPUESTA: 15 días hábiles
COSTO: Se calcula de acuerdo al numero de salarios mínimos generales del área geográfica correspondiente, fracción X del articulo 144 del código financiero del estado de México y municipios.
FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito
DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal
DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Urbano
TITULAR DE LA DEPENDENCIA: Arq. David Gutiérrez Álvarez
UNIDAD RESPONSABLE: Dirección de Desarrollo Urbano
DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma
HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS
TELÉFONO: 7227063141
CORREO: desarrollo.urbano@lerma.gob.mx
¿Cuáles son los requisitos para tramite de construcción?Se le entrega un formato con los requisitos.
¿Cuánto tiempo tarda el trámite para obra?Depende del tiempo de entrega de requisitos por parte del usuario.
¿Cuánto cuesta el trámite?Se le otorga una tabla de precios al ciudadano que realiza el trámite.
Ver Cédula de Información Ultima Actualización: 31 de Marzo de 2023
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