Constancia de alineamiento y número oficial

Número oficial. – Señalará, previa solicitud del propietario o poseedor, un sólo número oficial. Para cada predio que tenga frente a la vía pública.

Alineamiento oficial.- Es la traza sobre el terreno que limita el predio respectivo con la vía pública en uso o con la futura vía pública, indicando restricciones o afectaciones de carácter urbano que señale la ley de desarrollo urbano y su reglamento.

La constancia de alineamiento y número oficial no prejuzga sobre derechos de propiedad y se expide sobre datos y declaraciones proporcionados bajo protesta de decir verdad por el interesado y bajo su responsabilidad.

CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:

Cuando se va alinear un predio y numerar.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: art. 26, 27 y 115.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México: art. 77 y 139.

Código  Financiero del Estado  de México: art. 107, 143, 144, 145 y 175.

Código  de Procedimientos Administrativos del Estado de México: art. 135.

Código Administrativo del Estado de México: art. 18.20-18.28.

Bando Municipal de Lerma: art. 140, 141 y 142.

Ley Orgánica Municipal del Estado de México: art. 11, 12, 114 y 117.

Reglamento Interno de la Dirección de Desarrollo Urbano.

Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL.

VIGENCIA: 1 Año Fiscal

No se realiza en línea

Personas Físicas

1.- Solicitud firmada por el propietario.

2.- Factibilidad de servicios (recibo de agua) expedido por la autoridad competente en su caso.

3.- Documento que acredite la propiedad o posesión.

4.- Croquis de ubicación, así como ultimo pago del predial o certificado de no adeudo.

5.- Constancia de propiedad (del delegado municipal, jefe de colonia).

6.- Identificación oficial.

7.- Carta poder (en su caso).

8.- Ultimo pago predial o certificado de no adeudo (en su caso).

Personas Jurídico Colectivas

1.- Solicitud firmada por el propietario.

2.- Factibilidad de servicios (recibo de agua) expedido por la autoridad competente en su caso.

3.- Documento que acredite la propiedad o posesion.

4.- Croquis de ubicación, asi como ultimo pago del predial o certificado de no adeudo.

5.- Constancia de propiedad (del delegado municipal, jefe de colonia).

6.- Identidicacion oficial

7.- Acta constitutiva de la sociedad

8.- Poder notarial del representante legal

9.- Ultimo pago predial o certificado de no adeudo (en su caso).

Instituciones Públicas

1.- Solicitud firmada por el propietario.

2.- Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.

3.- Dos juegos de planos arquitectónicos (planta, cortes, fachada  y de instalaciones), firmados por el perito responsable de la obra.

4.- Memoria de cálculo y registro  del perito.

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 20 minutos

TIEMPO DE RESPUESTA: 13 días hábiles

COSTO: Se calcula de acuerdo al numero de salarios mínimos generales del área geográfica correspondiente, fracción X del articulo 144 del código financiero del estado de México y municipios.

FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito

DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal

DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Urbano

TITULAR DE LA DEPENDENCIA: Arq. David Gutiérrez Álvarez

UNIDAD RESPONSABLE: Dirección de Desarrollo Urbano

DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma

HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS

TELÉFONO: 7227063141

CORREO: desarrollo.urbano@lerma.gob.mx

¿Cuáles son  los requisitos para tramite de construcción?
Se le entrega  un formato con los requisitos.

¿Cuánto tiempo tarda el trámite para obra?
Depende del tiempo de entrega de requisitos por parte del usuario.

¿Cuánto cuesta el trámite?
Se le otorga una tabla de precios al ciudadano que realiza  el trámite.

Ver Cédula de Información

Ultima Actualización: 31 de Marzo de 2023

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