Refrendo de licencia de funcionamiento a giros de bajo, mediano y alto impacto

Toda persona física, jurídica-colectiva y los órganos públicos, para ejercer actividades comerciales, industriales, de servicios y espectáculos públicos, requieren licencia, cédula, autorización o permiso expedido por la autoridad municipal competente, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que exijan las disposiciones legales aplicables.

Refrendo de Licencia de funcionamiento expedida a unidades económicas de bajo, mediano y alto impacto, aquellas unidades económicas que desarrollan actividades relativas a la intermediación, compraventa, arrendamiento, distribución de bienes o prestación de servicios comerciales. Trámite dirigido a unidades económicas donde se practica el comercio común o la prestación de servicios en local comercial fijo (establecido) tales como tortillerías, panaderías, misceláneas, lonjas mercantiles, papelerías, ferreterías y negocios de servicios como loncherías, cocinas económicas, tintorerías y aquellas con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada y al consumo con alimentos.

CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:

Para poder llevar a cabo actividades comerciales o de prestación de servicios en giros catalogados como de mediano y alto impacto por la autoridad estatal y municipal y cuando ya se cuenta con una Licencia de Funcionamiento, pero esta llega al fin de su vigencia hay que hacer el trámite de refrendo de la misma.

SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:

Todas las actividades industriales, comerciales o de servicios están sujetas a inspección y el objetivo de la misma es que en el desarrollo de sus actividades el particular las lleve a cabo conforme a la reglamentación respectiva.

Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México artículos 7, 14, 15, 16, 21, 22, 66, 67, 71, 75, 76 Y 77.

Código Financiero del Estado de México y Municipios artículos 120, 121 y 159.

Bando Municipal de Lerma vigente artículos 93, 96, 104, 110 y 111. Reglamento de Desarrollo Económico artículos 3, 4, 6, 10, 23, 24, 24 bis, 25, 26, 28, 29, 32, 39, 40, 41, 42 bis, 43, 44 y 45.

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

VIGENCIA: Año Fiscal (31 de diciembre de cada año)

No se realiza en línea

Personas Físicas

I. Presentar la licencia anterior y último pago emitido por la tesorería municipal;

II. Original y copia de la identificación de la persona que realice el trámite y en caso de que no sea el propietario, documento que acredite su personalidad,

III. incluyendo carta poder o poder notarial, éstos dos últimos serán en original;

IV. Original y copia del visto bueno de Protección Civil Municipal vigente o programa específico de protección civil vigente inscrito en el Registro Estatal de Protección Civil según sea el caso;

V. Original y copia del Dictamen de Giro vigente a las unidades económicas que aplique, emitido por el por el Consejo Rector respectivo;

Copia de comprobantes de compra de agua potable, aplica a las purificadoras de agua y autolavados, con el objetivo de acreditar no hacer uso de vital líquido de las redes públicas;

VI. Copia de los recibos de los pagos correspondientes y VII. Las demás que otros ordenamientos legales exijan según sea el caso.

VII. Las demás que otros ordenamientos legales exijan según sea el caso.

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 20 minutos

TIEMPO DE RESPUESTA: 2 días hábiles

COSTO: De acuerdo al giro

Fundamento Jurídico: Lo que para cada caso establezca el Código Financiero del Estado de México y Municipios

FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito

DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal

CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:

Atención directa en la ventanilla

Entrega de requisitos y asesoría para reunirlos

Integración de un expediente, sin el expediente completo no se puede respetar el tiempo de respuesta

Es necesario entregar dictámenes vigentes

Calculo de impuesto y elaboración de orden de pago Expedición de Licencia en forma ágil y transparente

DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Económico

TITULAR DE LA DEPENDENCIA: Lic. Raúl Bustamante Jiménez

UNIDAD RESPONSABLE: Subdirección de Abasto y Comercio

DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma

HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS

TELÉFONO: 7227063137 ext. 2128

CORREO: abastoycomercio@lerma.gob.mx

¿Obtener una licencia de funcionamiento para actividad comercial es obligatorio?
El bando municipal establece que es obligatorio contar con licencia de funcionamiento vigente para llevar a cabo actividades industriales, comerciales o de servicios y refrendarla al término de su vigencia.

¿Cuánto cuesta una licencia de funcionamiento?
El costo depende de varios factores, entre ellos principalmente el giro, el contar o no con anuncio publicitario entre otros y es determinado por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

¿Una licencia de funcionamiento es permanente o debe refrendarse?
Debe refrendarse cada año durante los meses de enero, febrero y marzo.

Ver Cédula de Información

Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023

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