Toda persona física, jurídica-colectiva y los órganos públicos, para ejercer actividades comerciales, industriales, de servicios y espectáculos públicos, requieren licencia, cédula, autorización o permiso expedido por la autoridad municipal competente, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que exijan las disposiciones legales aplicables.
Refrendo de Licencia de funcionamiento expedida a unidades económicas de bajo, mediano y alto impacto, aquellas unidades económicas que desarrollan actividades relativas a la intermediación, compraventa, arrendamiento, distribución de bienes o prestación de servicios comerciales. Trámite dirigido a unidades económicas donde se practica el comercio común o la prestación de servicios en local comercial fijo (establecido) tales como tortillerías, panaderías, misceláneas, lonjas mercantiles, papelerías, ferreterías y negocios de servicios como loncherías, cocinas económicas, tintorerías y aquellas con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada y al consumo con alimentos.
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Para poder llevar a cabo actividades comerciales o de prestación de servicios en giros catalogados como de mediano y alto impacto por la autoridad estatal y municipal y cuando ya se cuenta con una Licencia de Funcionamiento, pero esta llega al fin de su vigencia hay que hacer el trámite de refrendo de la misma.
SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:
Todas las actividades industriales, comerciales o de servicios están sujetas a inspección y el objetivo de la misma es que en el desarrollo de sus actividades el particular las lleve a cabo conforme a la reglamentación respectiva.
Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México artículos 7, 14, 15, 16, 21, 22, 66, 67, 71, 75, 76 Y 77.
Código Financiero del Estado de México y Municipios artículos 120, 121 y 159.
Bando Municipal de Lerma vigente artículos 93, 96, 104, 110 y 111. Reglamento de Desarrollo Económico artículos 3, 4, 6, 10, 23, 24, 24 bis, 25, 26, 28, 29, 32, 39, 40, 41, 42 bis, 43, 44 y 45.
VIGENCIA: Año Fiscal (31 de diciembre de cada año)
No se realiza en línea
Personas Físicas
I. Presentar la licencia anterior y último pago emitido por la tesorería municipal;
II. Original y copia de la identificación de la persona que realice el trámite y en caso de que no sea el propietario, documento que acredite su personalidad,
III. incluyendo carta poder o poder notarial, éstos dos últimos serán en original;
IV. Original y copia del visto bueno de Protección Civil Municipal vigente o programa específico de protección civil vigente inscrito en el Registro Estatal de Protección Civil según sea el caso;
V. Original y copia del Dictamen de Giro vigente a las unidades económicas que aplique, emitido por el por el Consejo Rector respectivo;
Copia de comprobantes de compra de agua potable, aplica a las purificadoras de agua y autolavados, con el objetivo de acreditar no hacer uso de vital líquido de las redes públicas;
VI. Copia de los recibos de los pagos correspondientes y VII. Las demás que otros ordenamientos legales exijan según sea el caso.
VII. Las demás que otros ordenamientos legales exijan según sea el caso.
DURACIÓN DEL TRÁMITE: 20 minutos
TIEMPO DE RESPUESTA: 2 días hábiles
COSTO: De acuerdo al giro
Fundamento Jurídico: Lo que para cada caso establezca el Código Financiero del Estado de México y Municipios
FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito
DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal
CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:
Atención directa en la ventanilla
Entrega de requisitos y asesoría para reunirlos
Integración de un expediente, sin el expediente completo no se puede respetar el tiempo de respuesta
Es necesario entregar dictámenes vigentes
Calculo de impuesto y elaboración de orden de pago Expedición de Licencia en forma ágil y transparente
DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Económico
TITULAR DE LA DEPENDENCIA: Lic. Raúl Bustamante Jiménez
UNIDAD RESPONSABLE: Subdirección de Abasto y Comercio
DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma
HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS
TELÉFONO: 7227063137 ext. 2128
CORREO: abastoycomercio@lerma.gob.mx
¿Obtener una licencia de funcionamiento para actividad comercial es obligatorio?El bando municipal establece que es obligatorio contar con licencia de funcionamiento vigente para llevar a cabo actividades industriales, comerciales o de servicios y refrendarla al término de su vigencia.
¿Cuánto cuesta una licencia de funcionamiento?El costo depende de varios factores, entre ellos principalmente el giro, el contar o no con anuncio publicitario entre otros y es determinado por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.
¿Una licencia de funcionamiento es permanente o debe refrendarse?Debe refrendarse cada año durante los meses de enero, febrero y marzo.
Ver Cédula de Información
Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023
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