Expedición de Autorización para Exposiciones, Ferias Comerciales y/o Artesanales y Ventas de Temporada

Toda persona física, jurídica-colectiva y los órganos públicos, para ejercer actividades comerciales, industriales, de servicios y espectáculos públicos, requieren licencia, cédula, autorización o permiso expedido por la autoridad municipal competente, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que exijan las disposiciones legales aplicables.

Expedición de autorización a personas físicas o jurídico colectivas que soliciten llevar a cabo Exposiciones, Ferias Comerciales y/o Artesanales, similares o ventas de temporada dentro del territorio del Municipio ocupando plazas o vías públicas durante varios días, así como las de exhibición de productos artesanales, gastronomía y varios.

CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:

Para poder llevar a cabo actividades de comercio en modalidad de feria, expo feria y/o venta de temporada en plazas o vías públicas y/o áreas de uso común.

SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:

Todas las actividades industriales, comerciales, de servicios, espectáculos públicos o propaganda y/o publicidad y las ventas de temporada de cualquier índole están sujetas a inspección y el objetivo de la misma es que en el desarrollo de sus actividades el particular las lleve a cabo conforme a la reglamentación respectiva.

Articulos 154 y 154 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Articulos 96, 97, 107, 108, 109, 113, 114, 115 del Bando Municipal de Lerma.


Articulos 12, 13, 14, 14 bis, 15, 16, 17 y 160 bis del Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico.

AUTORIZACIÓN

VIGENCIA: Periodos de máximo 6 días a consideración de la autoridad municipal.

¿SE REALIZA EN LÍNEA?

N/A.

Personas Físicas

  • Solicitud por escrito, en donde deberá especificar la actividad o giro, días que pretende trabajar, horarios y superficie a utilizar para valoración de la autoridad municipal;
  • Identificación Oficial,
  • Croquis de localización que incluya lugar exacto y referencias para inmediata identificación.
  • Visto bueno de la institución o empresa, para el caso de que se pretenda obtener permiso para ejercer comercio cerca de una institución pública o de una empresa, se requerirá un escrito en el que se manifieste el visto bueno, de la misma el cual deberá estar signado por el propietario o representante legal
  • Visto bueno del área de Vialidad Municipal, en su caso
  • Visto bueno de la Unidad de Protección Civil y Bomberos.
  • Pago de derechos que correspondan de acuerdo al Código Financiero del Estado de México y Municipios.
  • El costo de carpas y demás elementos de instalación son costeados por el comerciante.
  • Los días que asigne la Autoridad estarán en función de la disponibilidad de espacios en la vía pública.

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 20 minutos

TIEMPO DE RESPUESTA: 2 días

COSTO: Variable de acuerdo a varios factores (la longitud de los puestos, los días autorizados entre otros).

Fundamento Jurídico: Lo establecido para cada caso en el Código Financiero del Estado de México y Municipios artículos 154 y 154 Bis.

FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito

DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal

CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:

Autorización sujeta a aprobación de la autoridad municipal competente y de acuerdo a las condiciones y particularidades de la actividad solicitada y la zona propuesta para llevarse a cabo, se toman en cuanta varios criterios, entre ellos: eventos ya programados, vialidad, seguridad pública, protección civil, sanidad, imagen urbana, entre otras, así como garantizar que no se ocasiona perjuicio al interés social.

Es obligatorio el uso de carpas las cuales serán costeadas por el comerciante.

El ayuntamiento no se hace responsable de otorgar servicios de luz o agua.

El comerciante deberá dejar limpios los espacios asignados para su actividad.

Atención directa en la Subdirección de Abasto y Comercio.

Cálculo de impuesto y elaboración de orden de pago en ventanilla.

Expedición de autorización o permiso en forma ágil y transparente.

DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Económico

TITULAR DE LA DEPENDENCIA: L.A.E. CESAR RICARDO ORTEGA ORTEGA

UNIDAD RESPONSABLE: Subdirección de Abasto y Comercio

DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma

HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS

TELÉFONO: 7227063137 ext. 2128

CORREO: abastoycomercio@lerma.gob.mx

¿Obtener una licencia de funcionamiento para actividad comercial es obligatorio?
El bando municipal establece que es obligatorio contar con licencia de funcionamiento vigente para llevar a
cabo actividades industriales, comerciales o de servicios.

¿Cuánto cuesta una licencia de funcionamiento?
El costo depende de varios factores, entre ellos el giro, el contar o no con anuncio publicitario entre otros.

¿Una licencia de funcionamiento es permanente o debe refrendarse?
Debe refrendarse cada año durante los meses de enero, febrero y marzo.

Ver Cédula de Información

Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023