Permiso de uso de vía pública y tianguis para realizar actividades comerciales o de servicios

Toda persona física, jurídica-colectiva y los órganos públicos, para ejercer actividades comerciales, industriales, de servicios y espectáculos públicos, requieren licencia, cédula, autorización o permiso expedido por la autoridad municipal competente, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que exijan las disposiciones legales aplicables.

Expedición de permiso, autorización o cédula a personas físicas o jurídico colectivas que lleven a cabo actividades de comercio o de prestación de servicios dentro del territorio del Municipio en la vía pública, tianguis, plazas públicas, mercados públicos, municipales o áreas de uso común en puestos semifijos. Estos permisos, autorizaciones o cédulas serán expedidos por la Subdirección de Abasto y Comercio, son temporales y están condicionados al cumplimiento de los requisitos dispuestos en la reglamentación y pueden ser revocados mediante el procedimiento correspondiente si afecta el orden, la seguridad o el interés público o renovados si persisten las condiciones temporales que motivaron su expedición.

CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:

Para poder llevar a cabo actividades de comercio o de prestación de servicios en la vía pública, tianguis, lugares o áreas de uso común.

SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:

Todas las actividades industriales, comerciales o de servicios están sujetas a inspección y el objetivo de la misma es que en el desarrollo de sus actividades el particular las lleve a cabo conforme a la reglamentación respectiva.

Código Financiero del Estado de México y Municipios artículos 154 y 154 Bis.

Bando Municipal de Lerma vigente artículos 93, 96, 105, 106, 107, 109, 110, 111 y 112.

Reglamento de Desarrollo Económico artículos 3, 6, 12, 13, 14, 14 bis, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 y Capitulo II referente a los tianguis.

PERMISO, AUTORIZACIÓN O CÉDULA

AUTORIZACIÓN: menor a 90 días.

PERMISO: periodos mayores a 90 días y menores a un año.

CÉDULA: año fiscal (al 31 de diciembre de cada año).

No se realiza en línea

Personas Físicas

La persona física o jurídica colectiva que requiera obtener permiso para ejercer el comercio en tianguis, vía pública o lugares de uso común; debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. Solicitud por escrito, en donde deberá especificar la actividad o giro;

2. Identificación Oficial;

3. Constancia domiciliaria;

4. Croquis de localización

5. Permiso o contrato de luz para uso en la vía pública, en su caso

6. Visto bueno de la institución o empresa, para el caso de que se pretenda obtener permiso para ejercer comercio cerca de una institución pública o de una empresa, se requerirá un escrito en el que se manifieste el visto bueno, de la misma el cual deberá estar signado por el propietario o representante legal

7. Visto bueno del área de Vialidad Municipal, en su caso

8. Visto bueno de la Unidad de Protección Civil y Bomberos

9. Visto bueno con especificación de giro comercial expedido por alguna autoridad auxiliar municipal que corresponda, en su caso;

10. Visto bueno del dueño de la casa o vecinos de los alrededores, en su caso;

11. y Firma de aceptación de retiro voluntario por afectar el orden, la seguridad o el interés público

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 30 minutos

TIEMPO DE RESPUESTA: 3 días hábiles

COSTO: De acuerdo al giro

Fundamento Jurídico: Lo establecido para cada caso en el Código Financiero del Estado de México y Municipios artículos 154 y 154 bis.

FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito

DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal

CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:

Autorización sujeta a aprobación de la autoridad municipal competente y de acuerdo a las condiciones de cada espacio en la vía pública tal como imagen urbana, vialidad, seguridad pública, protección civil, entre otras, así como garantizar que no se ocasiona perjuicio al interés social, a terceros ni a otros comerciantes ya establecidos en el lugar donde se pretende ubicar.

Atención directa en la ventanilla

Entrega de requisitos y asesoría para reunirlos

Integración de un expediente

Cálculo de impuesto y elaboración de orden de pago Expedición de Autorización, Permiso o Cédula en forma transparente.

DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Económico

TITULAR DE LA DEPENDENCIA: Lic. Raúl Bustamante Jiménez

UNIDAD RESPONSABLE: Subdirección de Abasto y Comercio

DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma

HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS

TELÉFONO: 7227063137 ext. 2128

CORREO: abastoycomercio@lerma.gob.mx

¿Es necesario obtener un permiso o autorización para llevar a cabo una actividad comercial en vía pública?
El bando municipal establece que es obligatorio contar con permiso, autorización o cédula de funcionamiento vigente para llevar a cabo actividades comerciales en vía pública y se otorgan bajo un estudio de diferentes variables, entre ellas la imagen urbana, la factibilidad de la vialidad, la seguridad de las personas, que no cause perjuicio al interés social, etc.

¿Cuánto cuesta un permiso, autorización o cédula para ejercer el comercio en la vía pública?
El costo depende de varios factores entre ellos la longitud del puesto y los días y horarios a trabajar y se determina de acuerdo a lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

¿Este permiso o autorización es permanente o debe refrendarse?
Las Cédulas, Autorizaciones o Permisos en ningún caso son permanentes, pero pueden refrenarse siempre que subsistan las condiciones que motivaron su expedición, y que no se afecte el bien común ni los derechos de terceros.

Ver Cédula de Información

Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023

Anuncio de privacidad   Derechos reservados ©2022