Expedición de Licencia de Funcionamiento a Giro de Bajo Impacto – SARE

Toda persona física, jurídica-colectiva y los órganos públicos, para ejercer actividades comerciales, industriales, de servicios y espectáculos públicos, requieren licencia, cédula, autorización o permiso expedido por la autoridad municipal competente, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que exijan las disposiciones legales aplicables.

Expedición de Licencia de funcionamiento a unidades económicas de bajo impacto que será emitida a través del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE). Esta Licencia es para unidades económicas que desarrollan actividades relativas a la comercialización, intermediación, compraventa, arrendamiento, distribución de bienes y/o prestación de servicios y que no sean considerados de mediano o alto impacto. Es un trámite dirigido a unidades económicas donde se practica el comercio común en local comercial fijo (establecido) tales como tortillerías, panaderías, misceláneas, lonjas mercantiles, papelerías, ferreterías y negocios de servicios como loncherías, cocinas económicas, tintorerías).

CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:

Para llevar a cabo actividades comerciales o de prestación de servicios en giros catalogados como de BAJO IMPACTO por la autoridad estatal y municipal, es decir cuando se lleven a cabo actividades comerciales o de prestación de servicios en locales establecidos.

SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:

Todas las actividades industriales, comerciales o de servicios están sujetas a inspección y el objetivo de la misma es que en el desarrollo de sus actividades el particular las lleve a cabo conforme a la reglamentación respectiva.

Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México artículos 4, 7, 15, 16, 17, 21, 23, 33, 34 y 36.

Código Financiero del Estado de México y Municipios artículos 120, 121 y 159.

Bando Municipal de Lerma vigente artículos 93, 96, 104 y 110.

Reglamento de Desarrollo Económico artículos 3, 4, 10, 11, 23, 24 y 24 bis.

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

VIGENCIA: Año Fiscal (31 de diciembre de cada año)

No se realiza en línea

Personas Físicas

I. Original y copia de la licencia de uso de suelo o cédula de zonificación, que autorice el giro comercial o de servicio que se ejercerá u opinión técnica de uso de suelo favorable de Desarrollo Urbano Municipal o de la Subdirección de Abasto y Comercio; sólo aplica a giros de bajo impacto.

II. Copia de identificación oficial vigente del propietario del negocio;

III. Geo referencia con latitud y longitud del establecimiento comercial en google earth o croquis de ubicación del mismo;

IV. Copia del documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, como contrato de arrendamiento, comodato o escritura, contrato de compraventa o carta declaratoria, según sea el caso;

V. Original y copia del Formato de autodiagnóstico, carta compromiso de verificación, visto bueno de protección civil municipal, programa específico de protección civil vigente inscrito en el Registro Estatal de Protección Civil según sea el caso del giro y riesgo;

VI. Darse de alta en el SAT o carta compromiso.

VII. Original y copia de la cédula vigente del propietario responsable (sólo aplica en los giros englobados en el punto 9 de los usos de suelo, centros de consultorios sin encamados, indicados en el catálogo de giros SARE Lerma).

VIII. Dos fotografías del establecimiento una por dentro y una por fuera, esta última deberá abarcar aproximadamente 30 mts. frontales del lugar.

IX. Copia certificada del acuerdo de Cabildo, donde se autorice el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, aplica para los giros con venta de bebidas alcohólicas.

X. Original y copia del recibo oficial de pago de los requisitos que apliquen.

XI. Llenar formato correspondiente.

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 20 minutos

TIEMPO DE RESPUESTA: 24 horas

COSTO: De acuerdo al giro

Fundamento Jurídico: Artículos 120, 121 y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito

DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal

CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:

Atención directa en la ventanilla;

Entrega de requisitos y asesoría para reunirlos;

Integración de un expediente que incluya cédula informativa de zonificación

Cálculo de impuesto y elaboración de orden de pago;

Expedición de Licencia en forma ágil y transparente.

DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Económico

TITULAR DE LA DEPENDENCIA: Lic. Raúl Bustamante Jiménez

UNIDAD RESPONSABLE: Subdirección de Abasto y Comercio

DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma

HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS

TELÉFONO: 7227063137 ext. 2128

CORREO: abastoycomercio@lerma.gob.mx

¿Obtener una licencia de funcionamiento para ejercer una actividad comercial es obligatorio?
El bando municipal establece que es obligatorio contar con licencia de funcionamiento vigente para llevar a cabo actividades industriales, comerciales o de servicios

¿Cuánto cuesta una licencia de funcionamiento?
La licencia como tal no tiene costo, sin embargo hay que pagar diversos conceptos de acuerdo al giro que se ejerce, entre ellos la certificación de la licencia, la venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada (si se autoriza) el anuncio publicitario, entre otros.

¿Una licencia de funcionamiento es permanente o debe refrendarse?
Es obligatorio el refrendo cada año durante los meses de enero, febrero y marzo.

Ver Cédula de Información

Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023

Anuncio de privacidad   Derechos reservados ©2022