Toda persona física, jurídica-colectiva y los órganos públicos, para ejercer actividades comerciales, industriales, de servicios y espectáculos públicos, requieren licencia, cédula, autorización o permiso expedido por la autoridad municipal competente, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que exijan las disposiciones legales aplicables.
Expedición de Licencia de funcionamiento a unidades económicas de bajo impacto que será emitida a través del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE). Esta Licencia es para unidades económicas que desarrollan actividades relativas a la comercialización, intermediación, compraventa, arrendamiento, distribución de bienes y/o prestación de servicios y que no sean considerados de mediano o alto impacto. Es un trámite dirigido a unidades económicas donde se practica el comercio común en local comercial fijo (establecido) tales como tortillerías, panaderías, misceláneas, lonjas mercantiles, papelerías, ferreterías y negocios de servicios como loncherías, cocinas económicas, tintorerías).
CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE DEBE REALIZARSE:
Para llevar a cabo actividades comerciales o de prestación de servicios en giros catalogados como de BAJO IMPACTO por la autoridad estatal y municipal, es decir cuando se lleven a cabo actividades comerciales o de prestación de servicios en locales establecidos.
SUJETO A INSPECCION O VERIFICACIÓN:
Todas las actividades industriales, comerciales o de servicios están sujetas a inspección y el objetivo de la misma es que en el desarrollo de sus actividades el particular las lleve a cabo conforme a la reglamentación respectiva.
Articulos 4, 7, 15, 16, 17, 21, 23, 33, 34 y 36. Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de
México.
Articulos 120, 121 y 159.Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 107, 113, 115,116 y 117 del Bando Municipal de Lerma.
Articulos 3, 4, 10, 11, 23, 24 y 24 Bis. del Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
VIGENCIA: Año Fiscal (31 de diciembre de cada año)
¿SE REALIZA EN LİNEA? N/A.
Personas Físicas
1.- Formato único de Apertura de Licencia de Funcionamiento SARE, requisitado y firmada, esta SOLICITUD incluye la SOLICITUD del Visto Bueno de la Cédula Informativa de Zonificación.
2.- Personas físicas deberán presentar una copia de la credencial de elector o alguna identificación oficial.
3.- Trámite interno para obtener el Visto Bueno de la cédula informativa de zonificación (lo realiza el responsable de la ventanilla).
4.- Trámite interno Firma de la Carta Compromiso de Cumplimiento a las Medidas de Seguridad de Protección Civil zonificación (lo realiza el responsable de la ventanilla).
5.- Fotografías del Local comercial, por dentro y por fuera.
6.- Acta constitutiva en caso de ser persona jurídico colectiva y en su caso poder notarial del representante legal (original y copia). E Identificación.
Personas Jurídico Colectivas
N/A.
Instituciones Públicas
N/A.
TIEMPO DE RESPUESTA: 20 minutos
COSTO: De acuerdo al giro
Fundamento Jurídico: Artículos 120, 121 y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
FORMA DE PAGO: Efectivo, Tarjeta de Crédito/Débito
DÓNDE PODRÁ PAGARSE: Tesorería Municipal
CRITERIOS DE RESOLUCION DEL TRAMITE:
Atención directa en la ventanilla;
Entrega de requisitos y asesoría para reunirlos;
Integración de un expediente que incluya cédula informativa de zonificación
Cálculo de impuesto y elaboración de orden de pago;
Expedición de Licencia en forma ágil y transparente.
DEPENDENCIA: Dirección de Desarrollo Económico
TITULAR DE LA DEPENDENCIA: LIC. CESAR RICARDO ORTEGA ORTEGA
UNIDAD RESPONSABLE: Subdirección de Abasto y Comercio
DOMICILIO: Complejo Administrativo, Av. Reolín Varejón Oriente No. 1, Lerma
HORARIOS: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 HORAS
TELÉFONO: 7227063137 ext. 2128
CORREO: abastoycomercio@lerma.gob.mx
¿Obtener una licencia de funcionamiento para ejercer una actividad comercial es obligatorio?
El bando municipal establece que es obligatorio contar con licencia de funcionamiento vigente para llevar a cabo actividades industriales, comerciales o de servicios
¿Una licencia de funcionamiento es permanente o debe refrendarse?
Es obligatorio el refrendo cada año durante los meses de enero, febrero y marzo.
Ultima Actualización: 13 de Septiembre de 2023