Descripción.
El Ayuntamiento por medio del Centro de Mediación, Conciliación y Función Calificadora, fomentará la cultura de la paz y la restauración de las relaciones interpersonales a través de los medios de solución de conflictos entre los vecinos o transeúntes del Municipio de Lerma, observando los principios de voluntariedad, confidencialidad, neutralidad, imparcialidad, equidad, legalidad, honestidad, oralidad y consentimiento informado, los requisitos y procedimientos para la tramitación de la mediación, conciliación se regirán conforme al reglamento de la materia.
Función.
- Se deberá procurar especializar el procedimiento de mediación conciliación en materia comunitaria y familiar para brindar un servicio adecuado en la preservación de los valores fundamentales de la sociedad del Municipio.
- El Centro de Mediación, Conciliación y Función Calificadora, a través del Oficial Calificador tendrá la facultad de conocer, mediar, conciliar y ser árbitro en los accidentes ocasionados con motivo del tránsito vehicular, cuando exista conflicto de intereses, de conformidad a la competencia y facultades que se desprende del Código Penal para el Estado de México; y de la Ley Orgánica Municipal vigente, así como lo dispuesto en el reglamento respectivo.
- El Ayuntamiento, a través del presente Bando y del reglamento respectivo, determinará las acciones y omisiones que deban considerarse como faltas o infracciones al orden público y a la tranquilad de las personas, así como las sanciones a que se deban aplicar a dichas conductas a través del Oficial Calificador adscrito al Centro Público de Mediación, Conciliación y Función Calificadora.
- Además, a petición de parte, podrá iniciar el procedimiento calificador por la comisión de hechos en su agravio, por violaciones a sus derechos, que no sean materia de otra instancia.